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Entidad local autónoma


Entidad local autónoma


En Andalucía (España) una entidad local autónoma es una administración pública de carácter local creada sobre la base de la Ley 7/1993, de 27 de julio, Reguladora de la Demarcación Municipal de Andalucía, para la administración descentralizada de los intereses propios de un núcleo separado de población dentro de un término municipal.

Las entidades locales autónomas que se creen al amparo de la mencionada ley, tendrán la condición y tratamiento de «entidades locales», igualmente gozarán de tal condición aquellas entidades creadas con anterioridad a la aprobación de esta Ley por el Parlamento de Andalucía, como las EATIM reguladas por el art. 45 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, salvo que los vecinos en forma mayoritaria y directa muestren su voluntad contraria.

Gobierno Local

Los órganos de gobierno en las entidades locales autónomas son la Junta Vecinal y el presidente de la entidad local autónoma.

La Junta Vecinal estará compuesta por un número de vocales que no podrá ser inferior a dos ni superior al tercio del número de Concejales que integren el Ayuntamiento. La distribución de las vocalías se realiza en función de los resultados de las elecciones para el Ayuntamiento en la sección o secciones constitutivas de la entidad local autónoma.

Atribuciones de la Presidencia

El Presidente de la entidad local autónoma preside y ejecuta los acuerdos de la Junta Vecinal, representa a la entidad local y dirige su gobierno y administración. Además ejerce respecto a aquella las funciones que la legislación de régimen local atribuye al Alcalde, en cuanto se correspondan con el ámbito de su competencia.

Atribuciones de la Junta Vecinal

La Junta Vecinal, compuesta por el presidente de la entidad local y los vocales asume el gobierno y la administración general de la misma, correspondiéndole específicamente las funciones recogidas en la Ley 7/1993 de Demarcación Municipal de Andalucía que en definitiva son todas aquellas atribuciones que correspondiendo al Pleno del Ayuntamiento, le sean de aplicación por razón de su competencia.

Competencias de las entidades locales autónomas

Las competencias de las entidades locales autónomas se dividen entre propias o mínimas y delegadas.

Competencias mínimas o propias

  • a) Concesión de licencias de obras menores
  • b) Pavimentación, conservación y reparación de vías urbanas
  • c) Alumbrado público
  • d) Limpieza viaria
  • e) Ferias y fiestas locales
  • f) Abastos
  • g) Funerarios
  • h) Abastecimiento domiciliario de agua potable
  • i) Alcantarillado
  • j) Recogida de residuos
  • k) Control de alimentos y bebidas

Competencias delegadas

Son competencias delegadas aquellas que los Ayuntamientos deleguen en las Juntas Vecinales de acuerdo con su capacidad y en atención a la mayor proximidad de la gestión administrativa respecto a los ciudadanos cuando dicha prestación se halle localizada en el ámbito territorial de la propia entidad.

Entidades

Almería

Cádiz

Córdoba

Granada

El número de registro 04180007 pertenecía a la entidad local autónoma de Valderrubio hasta el 18 de diciembre de 2013, fecha en la que se segregó de Pinos Puente para formar un municipio independiente.[1]

El número de registro 04180010 pertenecía a la entidad local autónoma de Dehesas Viejas hasta el 7 de octubre de 2014, fecha en la que se segregó de Iznalloz para formar un municipio independiente.

El número de registro 04180002 pertenecía a la entidad local autónoma de Játar hasta el 19 de febrero de 2015, fecha en la que se segregó de Arenas del Rey para formar un municipio independiente. BOJA (19 de febrero de 2015). «Decreto 62/2015, de 3 de febrero, por el que se aprueba la creación del municipio de Játar por segregación del término municipal de Arenas del Rey (Granada)

El número de registro 04180009 pertenecía a la entidad local autónoma de Domingo Pérez hasta el 17 de marzo de 2015, fecha en la que se segregó de Iznalloz para formar un municipio independiente que pasó a denominarse Domingo Pérez de Granada, incluyendo este, además, los núcleos de Cotílfar y Cañatabla.

Huelva

Jaén

El número de registro 04230005 pertenecía a San Julián hasta el 9 de octubre de 2013, fecha en la que se suprimió la entidad local autónoma, y pasó a ser una simple pedanía más del municipio de Marmolejo.[2]

Málaga

El número de registro 04290003 pertenecía a la entidad local autónoma de Montecorto hasta el 30 de septiembre de 2014, fecha en la que se segregó de Ronda para formar un municipio independiente.

El número de registro 04290002 pertenecía a la entidad local autónoma de Serrato hasta el 19 de diciembre de 2014, fecha en la que se segregó, al igual que Montecorto de Ronda para formar un municipio independiente.

Sevilla

Véase también

  • Entidad de ámbito territorial inferior al municipio

Referencias


Text submitted to CC-BY-SA license. Source: Entidad local autónoma by Wikipedia (Historical)