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Derecho a la defensa


Derecho a la defensa


El derecho a la defensa es el derecho fundamental de una persona, física o jurídica, o de algún colectivo a defenderse ante un tribunal de justicia de los cargos que se imputan con plenas garantías de igualdad e independencia. Se trata de un derecho que se da en todos los órdenes jurisdiccionales, y se aplica en cualquiera de las fases del procedimiento penal (sumario, intermedia y juicio oral) y civil (alegaciones, prueba y conclusiones). Asimismo, se impone a los tribunales de justicia el deber de evitar desequilibrios en la posición procesal de ambas partes e impedir que las limitaciones de alguna de las partes puedan desembocar en una situación de indefensión. Es parte inseparable del concepto conocido como debido proceso.

Normas de ámbito mundial

Declaración Universal de Derechos Humanos

La Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948 no es un tratado internacional que vincule jurídicamente a los Estados que lo firmen, pero sí ha llegado a ser considerada como una norma de Derecho Internacional consuetudinario, dada su amplia aceptación; además, algunos ordenamientos nacionales se remiten a ella para la interpretación de sus propios derechos fundamentales. La Declaración regula el derecho a la defensa en sus artículos 10 y 11:[1]

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

A diferencia de la Declaración, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos sí es un tratado internacional cuyo cumplimiento es exigible a los Estados que lo han ratificado. Además, el Pacto creó un organismo independiente, el Comité de Derechos Humanos, encargado de supervisar el cumplimiento de sus estipulaciones.

El artículo 14.3 del Pacto regula el derecho a la defensa de las personas acusadas de haber cometido un delito en los siguientes términos:[2]

El Pacto fue adoptado por resolución de la Asamblea General de las Naciones Unidas en 1966, y entró en vigor el 23 de marzo de 1976, tras haber sido ratificado por los primeros 35 Estados.

Normas sectoriales

En concreto refiriéndonos a los derechos del menor de edad:

  • Convención sobre los Derechos del Niño, aprobada por la Asamblea General de Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989.[3]​ Artículo que dice así:

Normas de ámbito regional

  • Convención Europea de Derechos Humanos firmada en Roma el 4 de noviembre de 1950.[4]
  • Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, redactada en Niza el 7 de diciembre de 2000.[5]
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos de 1969.

Regulación por Estados

Chile

Se halla regulado por la Constitución chilena de 1980,[6]​ que entre otras cosas establece:

  • Que toda persona tiene derecho a defensa jurídica en la forma que la ley señale y ninguna autoridad o individuo podrá impedir, restringir o perturbar la debida intervención del letrado si hubiere sido requerida.
  • Nadie podrá ser juzgado por comisiones especiales, sino por el tribunal que señalare la ley y que se hallare establecido por ésta con anterioridad a la perpetración del hecho.
  • La ley arbitrará los medios para otorgar asesoramiento y defensa jurídica a quienes no puedan procurárselos por sí mismos. Esta prerrogativa se materializa por medio del privilegio de pobreza.

Además, se añadió en reforma constitucional:[7]

  • La ley señalará los casos y establecerá la forma en que las personas naturales víctimas de delitos dispondrán de asesoría y defensa jurídica gratuitas, a efecto de ejercer la acción penal reconocida por esta Constitución y las leyes.
  • Toda persona imputada de delito tiene derecho irrenunciable a ser asistida por un abogado defensor proporcionado por el Estado si no nombrare uno en la oportunidad establecida por la ley.

Las principales formas de cumplimiento de esta garantía se consagran en la institución de abogado de turno[8]​ y por organismos como la Corporación de Asistencia Judicial y la Defensoría Penal Pública.

España

Se halla regulado por la Constitución española de 1978, el artículo 24 de la cual señala:[9]

De esta manera se establecen mecanismos como los servicios de orientación jurídica, la Asistencia jurídica gratuita o los abogados de oficio.[10]

Venezuela

Análogamente, en Venezuela el derecho a la defensa se encuentra establecido en la Constitución de Venezuela de 1999, la cual señala:[11]

Estados Unidos

En los Estados Unidos, el derecho a la defense se encuentra establecido en partes de la Quinta y Sexta enmienda de la Constitución de los Estados Unidos,[12]

Argentina

Se encuentra regulado en la Constitución de la Nación Argentina que señala[13]

Es una garantía constitucional que permite que las demás garantías (debido proceso, principio de inocencia, in dubio pro reo, entre otras) tengan una vigencia concreta dentro del proceso penal. Toda persona que se encuentre dentro de un proceso penal esta asistido por este derecho. Esta garantía opera durante todo el proceso y hasta la ejecución de la pena o la medida de seguridad impuesta.

Se puede dividir en dos tipos de defensa:

  1. Derecho de defensa material: es ejercida por el propio imputado/acusado, quien tiene el derecho a conocer la imputación clara, precisa y circunstanciada[14]​ que se le dirige, para que la posibilidad de ser oído sea un medio eficiente de ejercer su defensa. tiene derecho a ser oído durante todo el proceso (tanto en la etapa de Instrucción como en la etapa del Juicio oral), es la oportunidad que se le otorga para presentar su versión de los hechos. Se basa en el principio de contradicción. El derecho a ser oído tiene intima relación con el dictado de la sentencia, la cual solo debe expedirse sobre los hechos y circunstancias que contiene la imputación. Esta regla se expresa como el principio de correlación entre la acusación y la sentencia o también llamada principio de congruencia.[14]
  2. Derecho de defensa técnica: es ejercida por la defensa del imputado/acusado. Es quien vela por el debido proceso.

Además, de esta garantía se derivan ciertas facultades que podrá ejercer el imputado/defensa durante el proceso para influir en la decisión final, tales como: ofrecer prueba, examinar la prueba presentada, controlarla y valorarla.[15]​ Una manera de verificar el ejercido de este derecho, es que se requiere la presencia ininterrumpida del imputado durante todo el debate y hasta el dictado de la sentencia; lo cual refiere al principio de inmediación.

Otras derivaciones de esta garantía son:

  • Inadmisibilidad de la reformatio in pejius
  • Inadmisibilidad del juicio contra ausentes: es la prohibición que tiene el Estado de realizar un juicio penal en ausencia del imputado.
  • Incoercibilidad del imputado como órgano de prueba: es la prohibición que tiene el Estado de obligar al imputado a declarar contra sí mismo, regulado en la Constitución de la Nación Argentina.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha pronunciado en varios fallos y ha ido dándole un sentido genérico a esta garantía, esto se refleja en el fallo "Lancerón de Dubois, María Luisa c/ Dirección de Vinos y otras Bebidas Zona Cuyo " (CSJN- 1960) que se ha pronunciado de la siguiente manera:[16][17]

Véase también

  • Portal:Derecho. Contenido relacionado con Derecho.
  • Justicia
  • Tribunal de justicia
  • Turno de oficio
  • Asistencia jurídica gratuita
  • Debido proceso
  • Indefensión
  • Proceso jurisdiccional

Referencias

Enlaces externos

Chile

  • Derecho a defensa en la legislación chilena.
  • El Derecho a la Defensa y La Jurisprudencia Constitucional, Publicaciones Jurídicas Venezolanas.
  • El derecho de defensa como derecho devaluado, Joaquín Álvarez Landete.

España

  • Justicia gratuita Página del Consejo General de la Abogacía Española donde acudir a buscar información.
  • (enlace roto disponible en Internet Archive; véase el historial, la primera versión y la última). con información útil y actualizada.

Colombia

  • Derecho a la defensa desde el primer momento del proceso penal es ratificado por la Corte Constitucional de Colombia
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Text submitted to CC-BY-SA license. Source: Derecho a la defensa by Wikipedia (Historical)