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Cámara de Diputadas y Diputados de Chile


Cámara de Diputadas y Diputados de Chile


La Cámara de Diputadas y Diputados de Chile[3][n 1][4][5]​ es la cámara baja del Poder Legislativo de Chile, y junto al Senado conforman las dos cámaras del Congreso Nacional. Su composición y atribuciones están establecidas en el capítulo V de la Constitución Política de Chile, entre sus funciones más importantes se encuentra participar en la elaboración de las leyes junto al Senado y el presidente de la República.

Tiene como función exclusiva fiscalizar los actos del gobierno e iniciar las acusaciones constitucionales contra los ministros de Estado o el presidente de la República. La ley de presupuestos y toda legislación que implique gastos o imposiciones se discute y aprueba primero en la Cámara de Diputados para pasar al Senado.

En 2019 la Comisión de Régimen Interno de la corporación aprobó el cambio de nombre institucional de «Cámara de Diputados de Chile» a «Cámara de Diputadas y Diputados de Chile» en el logo, las comunicaciones y señaléticas internas, en un esfuerzo para impulsar el lenguaje no sexista en el trabajo legislativo.[6][7][8]​ Sin embargo, la denominación «Cámara de Diputados de Chile» aún se mantiene en la Constitución Política de la República, la Ley Orgánica del Congreso Nacional y el Reglamento de la Cámara de Diputados.

Desde el 15 de abril de 2024, la presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile es la diputada Karol Cariola, militante del Partido Comunista.

Elección

Por la Constitución Política de 1828 los diputados se elegían por votación directa en representación de las provincias por un periodo de 2 años reelegibles indefinidamente. Cada provincia elegía a un diputado a razón de 1 por cada 15 000 habitantes y fracción que no baje de 7000.

Según la Constitución Política de 1833 se elegía un diputado por votación directa por cada departamento del territorio. Su periodo tenía una duración de 3 años reelegibles indefinidamente. Correspondía un diputado por cada 20.000 personas y fracción superior de 10 000. Con la reforma de 1874 pasó a ser un diputado por cada 20.000 personas y fracción superior de 12 000. En 1887 un diputado por cada 30 000 habitantes y por fracción superior de 15 000. La asignación de cargos era por lista completa (1833-1874) y voto acumulativo (1874-1924).

Por la Constitución Política de 1925 se elegía un diputado por votación directa por cada departamento o agrupación de departamento. Corresponde un diputado por cada 30 000 personas y fracción superior de 15 000. Lo cual dio un total de 132 diputados en 1925 a 150 en 1970. Su periodo tenía una duración de 4 años reelegibles indefinidamente. En cada agrupación o departamento se distribuía proporcionalmente (método d'Hondt) los cargos electos, según los votos que cada lista obtenía.

En caso de vacancia de un escaño por muerte, incapacidad o inhabilidad y faltando más de un año para la próxima elección, se procedía a una elección complementaria para reemplazar dicha vacante.

De acuerdo a la Constitución Política de 1980 la cámara baja estaba integrada por 120 miembros elegidos por votación directa por cuatro años, en representación de los 60 distritos electorales en los que se encontraba dividido el país (artículo 43.º de la Constitución Política). Se podía reelegir en forma indefinida, sin embargo un diputado no puede ser ministro de Estado u otro cargo que lo inhabilite o poseer otro cargo de elección popular. Cada distrito elegía dos diputados de acuerdo al sistema binominal: si una lista duplicaba en votos a la lista que le sigue obtiene los dos diputados; en caso contrario, las dos listas mayoritarias eligen un diputado cada una.

Tras la reforma constitucional de 2015 que estableció 28 distritos electorales y el cambio a un sistema electoral proporcional, la nueva composición de la Cámara se aplica a partir de la nueva composición del LV periodo legislativo del Congreso Nacional de Chile electo de las elecciones parlamentarias de 2017.[9]

Diputadas y diputados

Reemplazo en caso de vacancia

En caso de haber vacancia de un escaño por muerte, incapacidad o inhabilidad, originalmente la Constitución de 1980 establecía que eran los miembros de la cámara los que debían proceder a elegir a la persona que reemplazaría al parlamentario que provocaba la vacancia. Este mecanismo no alcanzó a regir.

En la reforma constitucional de 1989, antes de la elección del nuevo parlamento, se estableció que debía asumir el cargo el compañero de lista del parlamentario que había provocado la vacancia, en caso de ser independiente el escaño quedaba vacío y no era reemplazado.

La reforma constitucional de 2005 consagra que el reemplazo es nombrado por la mesa directiva de su partido que se encontraba al ser electo, en caso de ser independiente el escaño queda vacío y no es reemplazado.

Remuneraciones y regalías

Los diputados perciben una remuneración por el desempeño de su cargo, denominada dieta parlamentaria, que de acuerdo al artículo 62 de la Constitución Política de la República, equivalente a la de un ministro de Estado, incluidas todas las asignaciones que a estos correspondan. A 2019, el monto bruto mensual de la dieta, esto es, sin considerar los descuentos legales u obligatorios —impuestos e imposiciones de seguridad social—, asciende a CLP$ 7 012 388.

Por concepto de asignaciones, los diputados reciben $5 760 000, de los cuales $2 077 000 son para gastos de representación y no deben ser rendidos. Además cuentan con una asignación de $846 000 para combustible, 48 pasajes de avión de ida y vuelta al año para destinos nacionales y 12 pasajes de avión anuales extendibles a otras personas; para pasajes al extranjero, poseen un descuento de 10 % con LAN Airlines.[10]​ Además cuentan con estacionamientos exclusivos en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez y chofer personal para sus traslados en el vehículo fiscal asignado.

La cámara cubre los gastos de secretaria personal de los diputados, el pago de la cuenta telefónica de la oficina en el Congreso (sólo de llamadas nacionales), el arriendo de una sede en el distrito respectivo, con acceso a Internet y otros servicios, dos computadoras y una impresora, más 1000 fotocopias mensuales. Todos estos gastos no deben superar los CLP$ 2 200 000 mensuales.[10]

El Instituto Nacional de Deportes les da a los diputados una credencial para asistir gratis a los partidos por la Primera División en el Estadio Nacional, con un acompañante. La ANFP les da un descuento de aproximadamente el 40% para tres partidos internacionales; además, los diputados disponen de estacionamientos gratis en el sector Anita Lizana del estadio.[11]

Composición actual

Los diputados de la República son tratados protocolarmente con la asignación del título «honorable», por lo tanto se refiere a ellos como «honorable diputado» u «honorable diputada».​ Actualmente, el 35,5 % de los diputados son mujeres (55 de 155).

Mesa directiva

La Mesa Directiva de la corporación se compone de un presidente, un primer vicepresidente y un segundo vicepresidente. Quienes están a la cabeza de la Cámara Baja comenzaron su período el lunes 15 de abril de 2024. La Mesa actual de la Cámara es la siguiente:[12]

Bancadas

Las bancadas o comités parlamentarios son organismos que agrupan a un número de diputadas y diputados de uno o más partidos políticos y que a través de su jefe de bancada permite la relación con la mesa de la corporación, con el fin de hacer más expedita la tramitación de los temas sometidos a su conocimiento.[13]​ Las diputadas y diputados independientes deben integrarse a un Comité Parlamentario.

Se denomina Jefe de Bancada a la diputada o al diputado que representa a un Comité Parlamentario, o al conjunto de ellos, si existieren varios Comités de un mismo partido.[13]

Diputadas y diputados por distrito electoral

Comisiones

Funciones y atribuciones

De acuerdo a la Constitución chilena de 1980, la Cámara de Diputados tiene atribuciones exclusivas y compartidas con el Senado.[4]

Atribuciones exclusivas de la Cámara de Diputados

1. Fiscalizar los actos del Gobierno

Para ejercer esta atribución la Cámara puede:

  • Solicitar antecedentes al Gobierno

La Cámara puede adoptar acuerdos o sugerir observaciones con el voto de la mayoría de los diputados presentes, los que deben transmitirse por escrito al Presidente de la República, quien debe dar respuesta fundada por medio del Ministro de Estado correspondiente, dentro de 30 días. Asimismo, cualquier diputado, con el voto favorable de un tercio de los miembros presentes de la Cámara, puede solicitar determinados antecedentes al Gobierno. El Presidente de la República debe contestar fundadamente por intermedio del Ministro de Estado que corresponda, dentro de 30 días.

  • Interpelar a los Ministros

La Cámara puede citar a un Ministro de Estado, a petición de al menos un tercio de los diputados en ejercicio, a fin de formularle preguntas en relación con materias vinculadas al ejercicio de su cargo. Un mismo Ministro no puede ser interpelado más de tres veces dentro de un año calendario, sin previo acuerdo de la mayoría absoluta de los diputados en ejercicio. La asistencia del Ministro es obligatoria y debe responder a las preguntas y consultas que motivan su citación.

  • Crear comisiones investigadoras

A petición de al menos dos quintos de los diputados en ejercicio, con el objeto de reunir informaciones relativas a determinados actos del Gobierno, la Cámara puede crear comisiones especiales investigadoras, las que, a petición de un tercio de sus miembros, pueden despachar citaciones y solicitar antecedentes. Los Ministros de Estado, los demás funcionarios de la Administración y el personal de las empresas del Estado o de aquéllas en que éste tenga participación mayoritaria, que sean citados por estas comisiones, estarán obligados a comparecer y a suministrar los antecedentes y las informaciones que se les soliciten. No obstante, los Ministros de Estado no podrán ser citados más de tres veces a una misma comisión investigadora, sin previo acuerdo de la mayoría absoluta de sus miembros.

2. Declarar si ha lugar a las acusaciones constitucionales

A la Cámara le corresponde pronunciarse si han o no lugar las acusaciones que no menos de diez ni más de veinte de sus miembros formulen en contra de las siguientes personas:

  • Del Presidente de la República, por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes.
  • De los Ministros de Estado, por haber comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, por infringir la Constitución o las leyes o haber dejado éstas sin ejecución, y por los delitos de traición, concusión, malversación de fondos públicos y soborno.
  • De los magistrados de los tribunales superiores de justicia y del Contralor General de la República, por notable abandono de sus deberes.
  • De los generales o almirantes de las instituciones pertenecientes a las Fuerzas de la Defensa Nacional, por haber comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación.
  • De los delegados presidenciales regionales, delegados presidenciales provinciales, por infracción de la Constitución y por los delitos de traición, sedición, malversación de fondos públicos y concusión.

Atribuciones compartidas con el Senado

  • Aprobar o desechar los tratados internacionales que le presentare el presidente de la República antes de su ratificación.
  • Pronunciarse respecto de los estados de excepción constitucional.

Niveles de aprobación

Según la encuesta Adimark, durante todo el primer Gobierno de Sebastián Piñera, desde marzo de 2010 hasta la fecha, la Cámara de Diputados de Chile jamás ha contado con una aprobación ciudadana superior al 50 %. Por el contrario, su porcentaje de aprobación ha seguido una tendencia decreciente, alcanzando un mínimo de 14 % en julio de 2012 y agosto de 2013. El porcentaje de reprobación, por su parte, ha seguido una tendencia creciente, que en agosto de 2012 y agosto de 2013 alcanzó un máximo del 78 %.[n 40][14]

Collection James Bond 007

Véase también

  • Presidente de la Cámara de Diputados de Chile
  • Senado de Chile
  • División electoral de Chile
  • Política de Chile
  • Cámara de Diputadas y Diputados Televisión
  • Categoría:Diputados de Chile

Notas

Referencias

Enlaces externos

  • Sitio web oficial de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile
  • Cámara de Diputadas y Diputados de Chile en X (antes Twitter)
  • Cámara de Diputadas y Diputados de Chile en Facebook
  • Cámara de Diputados TV (CDTV)
  • Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional Ley n.º 18.918, Publicada en el Diario Oficial de 5 de febrero de 1990
  • Reglamento de la Cámara de Diputados
  • Código de Conductas Parlamentarias en el sitio de la Cámara de Diputados
  • El Congreso y La Cámara de Diputados en el sitio de la Biblioteca del Congreso Nacional de Chile

Text submitted to CC-BY-SA license. Source: Cámara de Diputadas y Diputados de Chile by Wikipedia (Historical)

Articles connexes


  1. Presidente de la Cámara de Diputadas y Diputados de Chile
  2. Cámara de Diputadas y Diputados Televisión
  3. Cámara de Diputados
  4. Comisión de Agricultura, Silvicultura y Desarrollo Regional de la Cámara de Diputados de Chile
  5. Comisión de Hacienda de la Cámara de Diputados de Chile
  6. Diputado
  7. Comisión Permanente de Salud en Chile
  8. Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados de Chile
  9. Comisión Permanente de Educación, Deportes y Recreación en Chile
  10. Comisión Permanente de Constitución, Legislación y Justicia en Chile
  11. Comisión de Defensa Nacional de la Cámara de Diputados de Chile
  12. Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones de la Cámara de Diputados de Chile
  13. Comisión de Relaciones Exteriores, Asuntos Interparlamentarios e Integración Latinoamericana de la Cámara de Diputados de Chile
  14. Comisión de Gobierno Interior, Nacionalidad, Ciudadanía y Regionalización de la Cámara de Diputados de Chile
  15. Diego Paulsen
  16. Raúl Soto
  17. Raúl Morales Adriasola
  18. Gabriel Ascencio
  19. Luis Pareto
  20. Francisco Encina


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